Martes, 21 de abril
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Elecciones 2025: la Junta Electoral advirtió sobre el cumplimiento de la paridad de género

La Junta Electoral recordó que rige la paridad de género para las legislativas bonaerenses del 7 de septiembre.

La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires emitió una resolución clave en la recta final hacia las elecciones legislativas del próximo 7 de septiembre. A dos meses del inicio del calendario electoral, el organismo reforzó la vigencia de la normativa que establece la paridad de género en los cargos públicos electivos.

El texto remarca que todas las listas de candidatos deberán respetar la distribución equitativa entre mujeres y varones, y en ese sentido, sólo se oficializarán aquellas que cumplan con el principio de paridad 50/50 establecido por la Ley 14.848, sancionada en el año 2016.

Además, la Junta Electoral recordó a los partidos que, ante la suspensión provisoria de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) fijada por la Legislatura bonaerense, deben establecer internamente el mecanismo de selección de sus candidaturas. La resolución exige que se elija a través de los órganos deliberativos de mayor representatividad, como asambleas, congresos o convenciones.

En ese marco, la documentación que acredite estos procesos deberá presentarse en tiempo y forma ante la Justicia Electoral. El mismo criterio rige para las alianzas transitorias, que tendrán que detallar en sus reglamentos cómo se asignarán los lugares entre las fuerzas que las integran.

De acuerdo a los plazos electorales aprobados por las dos Cámaras, el próximo 9 de julio vence el plazo para la presentación de alianzas con los reglamentos correspondientes. Diez días después, el 19 de julio, las fuerzas políticas deberán presentar las listas de precandidatos y cumplir con la ley de paridad de género.

La Ley de Paridad de Género fue aprobada por la Legislatura bonaerense en 2016.

En tanto, la Junta Electoral dispone de plazo hasta el 8 de agosto para revisar y aprobar las listas conforme a la normativa vigente. Según lo difundido, sólo se oficializarán aquellas candidaturas que aseguren la distribución paritaria, mientras que las no lo hagan quedarán fuera de la contienda.

 

La Legislatura bonaerense sancionó un proyecto de ley realizado por los principales bloques políticos para modificar la Ley Electoral (N°5.109) que establece unos nuevos plazos electorales de cara a los comicios provinciales del próximo 7 de septiembre.

Tal como se esperaba, la totalidad del Senado bonaerense cumplió con su parte del trato y dio media sanción a la modificación de los plazos electorales, mientras que Diputados también aprobó por mayoría la nueva reglamentación.

La ampliación de plazos electorales de Kicillof, que el massismo y el kirchnerismo logró quitar del mapa, postulaba que la convocatoria a elecciones se iba a realizar con no menos de 100 días de anticipación a la fecha elegida, que las solicitudes de reconocimiento de alianzas ocurrirían 80 días antes de los comicios, y que la presentación de listas y de boletas serían hasta 80 y 50 días antes, respectivamente. 

El Senado bonaerense le dio media sanción al proyecto para modificar los plazos de las elecciones 2025, que exigió la Junta Electoral.

El Senado bonaerense le dio media sanción al proyecto para modificar los plazos de las elecciones 2025, que exigió la Junta Electoral.

Por caso, la Junta Electoral se expresó públicamente para advertirle a la Legislatura que los plazos actuales son “materialmente imposibles de cumplir”. La ley vigente, que data de 1946 cuando solo había 2 millones de electores bonaerenses, establece que las listas de candidatos deberán presentarse 30 días antes de las elecciones y las boletas partidarias con 20 días.

De esta manera, la Justicia indicó que “en la práctica solo hay diez días corridos para la verificación de las cualidades constitucionales de los postulados y la consiguiente oficialización, que podría tratarse de un volumen de más de 10.000 candidatos”.

En esta línea, la Junta pidió la actualización de plazos electorales: que la presentación de candidatos sea con una anticipación de 50 días antes de la elección y que el envío de boletas partidarias con los candidatos oficializados ocurra 30 días antes.

“Siempre advertimos el inconveniente de aplicar una norma sancionada en el 1946 y en una situación de emergencia. La Corte desde 2009 viene exhortando a la Legislatura bonaerense respecto de los problemas de esta normativa. El principal inconveniente es el de los plazos, aunque hay muchos más de logística y seguridad, por ejemplo”, ponderaron desde la Junta Electoral durante su arribo al parlamento que, después de casi un mes de idas y vueltas, por fin le tiró un salvavidas al organismo constitucional.

 

De esta forma, la Legislatura cerró la polémica por la modificación de los plazos electorales. En otro capítulo más de su interna, el peronismo puso un freno a la disputa partidaria y dio lugar a un avance clave en el calendario electoral bonaerense, que es el principal afectado por las peleas entre Kicillof, Cristina Kirchner y Sergio Massa.

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