Condena a ex policÃa Rubén Muñoz por amenazas al actual Ministro de Seguridad de RÃo Negro
El incidente ocurrió el 11 de junio de 2023 en el hipermercado Easy de General Roca, cuando Jara —quien aún no ocupaba ningún cargo público— fue abordado por Muñoz en la lÃnea de cajas
El ex policÃa Rubén Ãngel Muñoz, conocido como "el Gato" Muñoz, fue condenado este martes a 8 meses de prisión por amenazas simples contra Daniel Jara, actual ministro de Seguridad de RÃo Negro. La sentencia fue homologada por el juez tras un acuerdo entre la FiscalÃa y la defensa, unificándose con una condena previa, lo que resultó en una pena de tres años de ejecución condicional bajo estrictas reglas de conducta.
Los hechos: El incidente ocurrió el 11 de junio de 2023 en el hipermercado Easy de General Roca, cuando Jara —quien aún no ocupaba ningún cargo público— fue abordado por Muñoz en la lÃnea de cajas. Según las pruebas audiovisuales del lugar, el ex agente lo insultó, amenazó e intentó golpearlo.
La condena
El acuerdo judicial incluye:
- Prohibición de acercarse a Jara (mÃnimo 100 metros).
- Vedación de hostigamiento, contacto o publicaciones sobre la vÃctima.
- Presentaciones trimestrales ante el Instituto de Asistencia y Protección Legal (IAPL).
- Prohibición de cometer nuevos delitos.
Si Muñoz incumple, la FiscalÃa podrá solicitar la revocación de la condicionalidad, lo que lo llevarÃa a prisión efectiva.
Historial conflictivo: Muñoz, ex sargento de la PolicÃa de RÃo Negro, fue exonerado en 2019 durante la gestión de Jara como jefe de la fuerza. Su salida se debió a reiterados sumarios disciplinarios, incluyendo una publicación en Facebook contra sus superiores. Fuera de la institución, se convirtió en referente del Consejo de Bienestar Policial, desde donde lideró reclamos salariales y crÃticas a las autoridades, incluso al entonces gobernador Alberto Weretilneck.
Reacción de la vÃctima: Jara, actual ministro, aceptó el acuerdo y renunció a plazos procesales, por lo que la condena entró en vigor de inmediato. La causa se enmarca en los artÃculos 45 y 149 bis del Código Penal.






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