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El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó por unanimidad la absolución de Gustavo Gennuso, exintendente de San Carlos de Bariloche, en la causa judicial que investigó el manejo de fondos públicos provenientes del programa nacional de viviendas Techo Digno. La resolución judicial estableció que no basta con trasladar dinero entre cuentas bancarias para configurar el delito de malversación, sino que se requiere acreditar un uso ajeno al fin original.

El fallo se dictó en cumplimiento al reenvío dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia (STJ). El máximo tribunal había ratificado la absolución por peculado, pero ordenó evaluar si los movimientos financieros encuadraban en una malversación de caudales públicos, una figura penal más favorable para el imputado.

Durante el proceso, la Fiscalía sostuvo que las transferencias de 2016 y la colocación de 100 millones y 5 millones de pesos en plazos fijos apartaron los recursos del circuito previsto y afectaron el servicio del programa habitacional. Por su parte, la defensa argumentó que el dinero nunca abandonó el patrimonio municipal, mantuvo su trazabilidad y buscó preservar su valor ante obras que ya estaban paralizadas al iniciar la gestión.

«Para configurar el delito de malversación, no alcanza con trasladar dinero entre cuentas bancarias, sino que es necesario acreditar que los fondos públicos fueron utilizados para un destino distinto del previsto originalmente».

Los magistrados Marcelo Chironi, María Florencia Caruso Martín y Emilio Stadler determinaron que el Ministerio Público Fiscal no demostró un cambio real en el destino de los recursos ni un perjuicio concreto al plan de viviendas. Asimismo, el tribunal subrayó que, de haber existido una figura básica de malversación, la acción penal ya se encontraba prescripta por el paso del tiempo.


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Autor: Adminn25