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Un Juzgado de Paz de la Línea Sur resolvió catalogar como violencia psicológica el envío de un sticker considerado "inapropiado" y "obsceno" a través de WhatsApp, imponiendo una estricta prohibición de acercamiento y medidas de asistencia para las partes involucradas.

El conflicto se originó cuando una mujer recibió una imagen por parte del tío de su pareja. Según la denunciante, el contenido del mensaje le generó temor, angustia y miedo, motivo por el cual cuestionó al remitente de manera directa antes de radicar la denuncia formal en una comisaría. La intervención policial derivó de forma inmediata en la actuación del Juzgado de Paz a través de la oficina especializada en violencia familiar.

Durante la audiencia judicial, el magistrado resolvió preservar a la víctima de una mayor exposición:

"El juez decidió no pedir que se exhibiera la imagen. Explicó que buscaba evitar un mayor sufrimiento a la mujer".

Por su parte, el hombre reconoció la autoría del envío, aunque argumentó que se trató de un error vinculado a cuestiones de salud personal y aseguró haber intentado disculparse, presentándose incluso en el domicilio de la damnificada. Pese a estos alegatos, el magistrado determinó la existencia de elementos suficientes para dictar medidas urgentes de protección.

Alcance de las medidas judiciales

El fallo impuso al denunciado una prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de la mujer, de su domicilio, de su local comercial y de cualquier espacio frecuentado por ella o su grupo familiar.

Asimismo, la resolución judicial estableció restricciones absolutas que prohíben:

  • Hostigamiento y acoso: Quedan vedadas las amenazas, los actos intimidatorios y los reclamos personales.
  • Todo tipo de contacto: Se prohíben comunicaciones directas, llamadas telefónicas, mensajes por WhatsApp, publicaciones en redes sociales y la intermediación a través de terceros.
  • Evaluación de salud mental: El hombre deberá presentarse ante un servicio especializado para someterse a controles y determinar la necesidad de un tratamiento psicológico.

En paralelo, el juzgado dispuso la intervención del Sistema de Abordaje Territorial para brindar asistencia integral a la denunciante. La Justicia advirtió que el incumplimiento de las restricciones vigentes acarreará sanciones severas, tales como multas, arrestos, realización de trabajos comunitarios o la apertura de una causa penal por el delito de desobediencia judicial. Las medidas dictadas tienen carácter provisorio y el expediente fue remitido a la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Bariloche para la continuidad de su tratamiento en el fuero de Familia.


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Autor: Adminn25