Extravían kitesurf y ordenan indemnizarlo con $27 millones
La Justicia de Viedma determinó la responsabilidad solidaria de la empresa vendedora y la transportista tras la pérdida de una encomienda de alto valor.
La Justicia de Viedma dictó un fallo histórico al condenar a la empresa Deportes Extremos S.A. y a las transportistas Vía Cargo S.A. y Vía Bariloche S.A. a indemnizar de forma solidaria con más de 27,5 millones de pesos a un comprador cuya encomienda fue extraviada. El consumidor había pagado más de cinco millones de pesos por un equipo completo de kitesurf desde Buenos Aires que nunca llegó a su destino, abriendo un precedente clave sobre la responsabilidad comercial en envíos a distancia.
El conflicto legal se originó cuando el paquete despachado desde La Lucila, provincia de Buenos Aires, no fue entregado en la capital rionegrina. Tras múltiples reclamos, la empresa de transporte admitió formalmente mediante correo electrónico la imposibilidad de localizar el producto. Ante el incumplimiento, la firma vendedora alegó que su responsabilidad concluía al entregar la mercadería rotulada a la transportista y respaldó su postura en una cláusula que trasladaba los riesgos del envío al cliente.
Sin embargo, el magistrado del fuero civil aplicó la Ley de Defensa del Consumidor y rechazó las limitaciones de responsabilidad pretendidas por las partes demandadas, determinando que la cadena comercial debe responder de forma integral ante la falta de entrega.
"El transporte de cosas implica una obligación de resultado: el transportista debe entregar el producto en destino y solo puede liberarse si acredita una causa ajena que justifique el incumplimiento."
Las transportistas intentaron fijar la indemnización en solo $40.000 amparándose en el valor declarado inicial y argumentando que el destinatario carecía de legitimación para demandar. Ambos planteos fueron desestimados al recordarse que el Código Civil y Comercial otorga derecho directo de reclamo al destinatario ante el vencimiento de los plazos de entrega.
La resolución judicial consideró los perjuicios ocasionados al deportista, quien debió alquilar y adquirir elementos de emergencia para un viaje programado a Brasil. El monto total de la condena supera los $27,5 millones e incluye:
- Devolución actualizada del valor del equipamiento deportivo.
- $2 millones en concepto de privación de uso.
- Más de $3 millones por daño moral tras la incertidumbre y falta de respuesta.
- Más de $11 millones en concepto de daño punitivo debido a la grave falta de información brindada al usuario.
Las tres compañías involucradas disponen de un plazo de diez días a partir de que la sentencia quede firme para abonar la suma fijada junto a los intereses correspondientes.
Adminn25
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