Choque en Viedma: fallo contra la comuna tras un accidente
Un camión municipal provocó un choque en la Ruta 1. La Justicia rechazó la defensa oficial sobre la falta de VTV del vehículo embestido.
El fuero Contencioso Administrativo condenó a la Municipalidad de Viedma y al chofer de un camión oficial a indemnizar a una familia tras provocar un accidente de tránsito sobre la Ruta Provincial 1. El tribunal determinó la responsabilidad del municipio al constatar que el vehículo pesado no respetó la prioridad de paso al ingresar desde la calle 2 del barrio Lavalle, rechazando el argumento comunal que intentaba responsabilizar a las víctimas por infracciones administrativas.
El hecho ocurrió cerca del mediodía cuando un Renault 19, en el que viajaba un matrimonio con su hijo, fue impactado por el transporte municipal que intentaba atravesar la traza provincial desde una vía transversal de ripio. Tras la colisión, los tres ocupantes del automóvil debieron ser derivados de urgencia al Hospital Artémides Zatti para su atención médica.
Durante el proceso judicial por daños y perjuicios, la comuna intentó eximirse de culpa alegando que el auto particular circulaba sin la Verificación Técnica Vehicular (VTV) ni el seguro obligatorio. Sin embargo, la resolución judicial estableció que la falta de dicha documentación constituye una falta administrativa que no tuvo incidencia ni relación causal en la mecánica del siniestro.
"La pericia determinó que el vehículo municipal ingresó a la Ruta 1 e interfirió en la línea de circulación del auto, que tenía prioridad de paso, sin que el conductor contara con tiempo suficiente para evasivas."
Una pericia mecánica y accidentológica resultó determinante para el fallo. El informe pericial concluyó que la causa exclusiva del choque fue la maniobra intempestiva del camión. Asimismo, el peritaje técnico descartó que la velocidad fuera un factor desencadenante y constató la destrucción total económica del Renault 19, dado que su reparación supera el doble del valor de mercado.
La sentencia condenó solidariamente al municipio, al conductor y a Horizonte Compañía de Seguros Generales S.A. Acreditó indemnizaciones por daño extrapatrimonial, gastos médicos, privación de uso y tratamiento psicológico para uno de los adultos. El fallo aún no se encuentra firme, ya que transcurre el período legal de apelación.
Adminn25
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