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El recorrido cotidiano de una mujer del Valle Medio provincial pasó a ser un momento de incomodidad y preocupación. Cada vez que se lo cruzaba, un hombre tenía conductas y expresiones de connotación sexual que afectaban la tranquilidad e intimidaban a la víctima. Las actitudes del sujeto no solo vulneraban su dignidad, sino que afectaban su derecho a transitar libremente por la localidad. La situación dejó de ser un hecho aislado para convertirse, según el relato de la mujer, en una forma de hostigamiento que alteraba su vida diaria.

Ante esta situación, la mujer realizó la denuncia en la Comisaría 17 de Lamarque y el caso fue remitido al Juzgado de Paz. Luego de analizar las actuaciones y escuchar al hombre en audiencia, la jueza de Paz dispuso una prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto. La medida también alcanza las comunicaciones por cualquier medio, incluidas las redes sociales y otras plataformas digitales.

El expediente se tramitó como una infracción al artículo 44 del Código Contravencional de Río Negro, que sanciona el acoso callejero. La norma considera punibles las conductas físicas o verbales de naturaleza o connotación sexual realizadas en espacios públicos o de acceso público cuando afectan la dignidad o los derechos fundamentales de otra persona y generan intimidación, hostilidad, degradación o humillación.

Durante la audiencia, el hombre no presentó pruebas que desvirtuaran los hechos denunciados. Además, asumió en forma voluntaria el compromiso de evitar cualquier contacto con la mujer y de mantener distancia si llegara a encontrarla en la localidad, con el fin de prevenir nuevos inconvenientes.

Perspectiva de género

La resolución destacó que los hechos denunciados debían analizarse desde una perspectiva de género. Recordó que la protección de las mujeres frente a situaciones de violencia surge de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), de la Convención de Belém do Pará, de la Ley Nacional 26.485 y de la Acordada 6/2023 del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

El fallo sienta un precedente en la localidad al aplicar de manera contundente las herramientas legales existentes para combatir el acoso en el ámbito público, reafirmando el derecho de las mujeres a desenvolverse sin temor en los espacios que transitan a diario.


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Autor: Adminn25