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Una mujer residente en Viedma obtuvo autorización judicial para viajar a España junto a sus dos hijos menores de edad con el fin de esparcir las cenizas de su última pareja, a quien los niños consideraban una figura paterna. El viaje también permitirá compartir el duelo con la familia del fallecido, radicada en ese país europeo.

La madre recurrió al fuero de Familia para que se supliera el consentimiento paterno requerido por el Código Civil y Comercial para la salida de menores del país. En su presentación, explicó que los padres biológicos de los niños no mantienen contacto ni vínculo cotidiano con ellos, y que ella ejerce el cuidado exclusivo. También destacó el fuerte impacto emocional que generó en el grupo familiar la muerte de su pareja conviviente.

El viaje fue previsto inicialmente por un plazo de dos meses. La mujer aclaró que sus hijos cursan estudios de manera virtual, por lo que podrían continuar con su trayectoria pedagógica durante su estadía en el exterior.

Durante el proceso, intervino la Defensoría de Menores e Incapaces. Ante la imposibilidad de ubicar a los progenitores biológicos, el Poder Judicial ordenó la publicación de edictos. Ante la falta de concurrencia, se designaron defensoras de ausentes para representar sus intereses.

Antes de decidir, la jueza de Familia realizó una audiencia de escucha con los dos hijos, quienes manifestaron su conformidad con el viaje. Describieron su vida cotidiana, la falta de trato con sus progenitores y la ausencia total de vínculo con familiares de la línea paterna.

La magistrada también ponderó el informe del Equipo Técnico Interdisciplinario y remarcó el “marcado desentendimiento paterno”, así como el hecho de que la madre asume en forma exclusiva las tareas propias de la responsabilidad parental.

Finalmente, se otorgó una autorización amplia: ambos niños podrán salir del país acompañados por su madre hasta alcanzar la mayoría de edad. Las resoluciones aclararon que se trata de autorizaciones para viajes temporarios con fines turísticos, recreativos o educativos, que no podrán superar los seis meses ni implicar un cambio en el centro de vida de los niños.


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Autor: Adminn25